Retenciones a proveedores

Calcula el ISR y el ITBIS que retienes al pagar a una persona física.

Retenciones a proveedores

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Resultado orientativo; no sustituye asesoría profesional.

Última actualización de configuración: 2026-09-24. Los valores de partida son los habituales cuando una empresa paga honorarios a una persona física: 10 % de ISR sobre el monto sin ITBIS y el 100 % del ITBIS facturado. Otros casos, como alquileres, servicios de otras empresas o proveedores del Estado, tienen porcentajes distintos: cámbialos en los campos. Entre empresas, por ejemplo, el ITBIS que se retiene por servicios profesionales es el 30 %. Lo retenido lo declaras y pagas tú a la DGII en nombre del proveedor; confirma con tu contador qué porcentaje te aplica.

Fuentes y verificación: DGII · Salario de Navidad ↗ DGII · ITBIS ↗ DGII · Escala del ISR ↗ TSS · Aportes de la seguridad social ↗ Ministerio de Trabajo · cálculo oficial ↗

Cómo utilizar retenciones a proveedores

Los valores de partida son los habituales cuando una empresa paga honorarios a una persona física: 10 % de ISR sobre el monto sin ITBIS y el 100 % del ITBIS facturado. Otros casos, como alquileres, servicios de otras empresas o proveedores del Estado, tienen porcentajes distintos: cámbialos en los campos. Entre empresas, por ejemplo, el ITBIS que se retiene por servicios profesionales es el 30 %. Lo retenido lo declaras y pagas tú a la DGII en nombre del proveedor; confirma con tu contador qué porcentaje te aplica.

  1. Introduce los valores en los campos de la herramienta.
  2. Revisa las opciones y ejecuta la operación.
  3. Consulta el resultado y cópialo si lo necesitas.

Un ejemplo práctico

Por un servicio de RD$10,000 más ITBIS: retienes RD$1,000 de ISR y RD$1,800 de ITBIS, y pagas RD$9,000 al proveedor.

Información útil

Los valores de partida son los habituales cuando una empresa paga honorarios a una persona física: 10 % de ISR sobre el monto sin ITBIS y el 100 % del ITBIS facturado. Otros casos, como alquileres, servicios de otras empresas o proveedores del Estado, tienen porcentajes distintos: cámbialos en los campos. Entre empresas, por ejemplo, el ITBIS que se retiene por servicios profesionales es el 30 %. Lo retenido lo declaras y pagas tú a la DGII en nombre del proveedor; confirma con tu contador qué porcentaje te aplica.

Preguntas frecuentes

¿Cómo funciona retenciones a proveedores?

Los valores de partida son los habituales cuando una empresa paga honorarios a una persona física: 10 % de ISR sobre el monto sin ITBIS y el 100 % del ITBIS facturado. Otros casos, como alquileres, servicios de otras empresas o proveedores del Estado, tienen porcentajes distintos: cámbialos en los campos. Entre empresas, por ejemplo, el ITBIS que se retiene por servicios profesionales es el 30 %. Lo retenido lo declaras y pagas tú a la DGII en nombre del proveedor; confirma con tu contador qué porcentaje te aplica.

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